La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tribunal transicional al que el nuevo gobierno tiene entre ceja y ceja para liquidarlo, dejó en firme dos sentencias en segunda instancia.
Una de ellas condena a los comandantes de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), y la otra, a oficiales y soldados del siniestro Batallón La Popa, de Valledupar.
A los primeros, por secuestro, esclavitud y otros delitos, y a los otros, por centenares de ejecuciones extrajudiciales, conocidas popularmente como falsos positivos, tortura, persecución y desaparición forzada.
El fallo, inapelable, surgió casi 10 años después del Acuerdo de Paz que adoptó este sistema de justicia y creó la JEP, y responde a numerosos recursos de apelación de los procesados, que buscaban derogar una sentencia inicial de octubre pasado.
La sentencia contra los exlíderes de las Farc está incluida en un texto de casi 500 páginas, y condena a siete excomandantes: Rodrigo ‘Timochenko’ Londoño Echeverry, Jaime Alberto ‘Mauricio Jaramillo o El médico’ Parra Rodríguez, Milton de Jesús ‘Joaquín Gómez’ Toncel Redondo, Jorge ‘Pablo Catatumbo’ Torres Victoria, Pastor Lisandro ‘Pastor Alape’ Alape Lascarro, Julián Gallo ‘Carlos Antonio Losada’ Cubillos y Rodrigo ‘Ricardo Téllez’ Granda Escobar.
Londoño (jefe máximo de las exFarc), Parra y Torres recibieron la máxima sanción de 8 años; Alape, 7; Gallo, 6, y Granda, 5.
Ninguno irá a prisión, pues las penas de la JEP se fundamentan en el trabajo social que deben desarrollar los condenados en favor de las víctimas, por el tiempo de la condena.
Según la sentencia, los exguerrilleros deberán cumplir sus penas en Antioquia, Caquetá y Meta, Bolívar y Cesar, Huila y Putumayo, Santander, y Casanare entre 2026 y 2034. Durante ese tiempo, deberán tener una residencia fija, cumplir horarios estrictos y cargar un dispositivo de monitoreo electrónico.
La Sección rechazó el argumento de la defensa según el cual solo los más altos mandos de la Fuerza Pública, como generales o coroneles, podían ser considerados máximos responsables. Varios de los exmilitares procesados alegaron que, aunque tenían control sobre su tropa, cumplían órdenes superiores. Pero el tribunal concluyó que los máximos responsables también pueden ser quienes, sin estar en la cúspide de la jerarquía militar, realizaron “aportes esenciales” y tuvieron una “participación determinante” en la ejecución de un patrón macrocriminal.
El primer trabajo restaurativo obligatorio que deberán cumplir los exmilitares sancionados es la construcción de un mausoleo de la memoria con 700 osarios en el Cementerio Ecce Homo de Valledupar, en cumplimiento de las peticiones de las víctimas que buscaban un lugar para hacer homenaje a sus seres queridos asesinados.