En la noche del 9 de septiembre, la Presidencia de la República publicó 11 decretos que acompañan la declaración de emergencia económica, social y ecológica, derivada del terremoto del 10 de agosto.
Incluso para un acto tan delicado y urgente como lo es la reparación de Colombia después de la tragedia, el Gobierno no desaprovechó la oportunidad para incluir dentro de los decretos una serie de ‘micos’, o medidas ocultas que reforman una serie de normatividades reguladas, aprovechando la excepcionalidad.
Los decretos tocan temas laborales, educativos, de contratación, presupuesto, pensiones, y funciones dentro del Estado. Se encuentran publicados en el portal web del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), nombrados como decretos 1379 a 1389 del 9 de septiembre de 2026.
Con total descaro, el Gobierno es capaz de avanzar en su política rastrera y regresiva, utilizando cualquier mecanismo. La Patria Milagro comprende el derroche del erario público, la censura a la información, las prestaciones sociales y la educación como fuentes lícitas para sus propósitos, a costa del pueblo colombiano.
Decreto 1379: Fondo Milagro
El primer movimiento del presidente dentro de la calamidad fue la creación de su pomposo Fondo Milagro, una bolsa de recursos que permitan, supuestamente, ayudar a reconstruir Colombia. En las promesas presentadas luego del terremoto, el mandatario nunca explicó de donde vendrían los recursos, pero se presumía que serían del fondo privado, pues es del que más ha ayudado al Gobierno en esta situación.
Nada más alejado de la realidad. El Fondo Milagro se convirtió en un concepto estatal para ampliar la burocracia y el extremadamente ajustado límite fiscal del país.
No será solo privado, sino que tendrá una destinación de recursos públicos en firme, que serán destinados “hasta que se necesiten para concluir los planes, proyectos y programas para recuperar, habilitar y reconstruir los territorios afectados por la emergencia”.
Además de la cuantía monetaria, también se creará un Consejo Directivo, que lejos de estar amparado por el mérito, tendrá: 5 representantes del Presidente, 1 delegado del Departamento de Planeación, uno del minHacienda, y uno del director de la UNGRD, estos dos últimos con voz pero sin voto.
Aparte del Consejo Directivo, el presidente creó en el fondo la figura de gerente, y nombró a su amigo, el empresario Jaime Andrés Uribe.
Pese a que tendrá otras formas de obtener recursos, nunca se explica cuánta será la cantidad destinada en el fondo, ni la priorización de proyectos u obras públicas que atenderá. Eso sí, ya tiene al menos 6 cargos más dentro del Estado, y una nómina dentro del Presupuesto de 635 billones para 2027.
Decreto 1383: Uso irregular del FONPET
El Gobierno, a través del mecanismo extraordinario, busca permitir que entidades puedan usar libremente los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones de las Entidades Territoriales (FONPET) tras hacer una solicitud al ministerio de Hacienda.
Pese a mentir diciendo en un inicio que los recursos para la reconstrucción de Colombia estaban listos luego del magnánimo aporte de los privados, ahora permitirá que los recursos públicos, que generalmente se utilizan para pagar el faltante de pensiones de funcionarios públicos, vaya a las arcas de la infraestructura.
El argumento del presidente es que, según la ley 1753 de 2015, el excedente del FONPET podrá usarse para inversión.
Es curiosa esta lógica, cuando en un principio dijo que el gobierno del presidente Petro había saqueado al Estado a manos llenas, y ahora estima cerca de un billón en el FONPET.
Se cuestiona que, en caso de un mal uso o un derroche de estos recursos, pensiones de cientos de personas retiradas del servicio público se verán afectadas o sin ‘colchón’ en caso de falta de presupuesto.
Esta medida fue ampliamente respaldada por Dilian Francisca Toro, gobernadora del Valle del Cauca.
Decreto 1384: Suspensión del concurso de méritos
El Gobierno que juró traer a los nunca, y echar mano del banco de talentos, ahora se va para atrás y plantea un modelo completamente basado en la rosca política y dejando por el piso el mérito dentro de la contratación pública.
Tras plantear una serie de cambios en el estilo de la función administrativa, buscando el normal funcionamiento del Estado, el ‘mico’ de este decreto se plantea en el artículo 7:
“Aplazamiento temporal de los procesos de selección y concursos de mérito: Con el propósito de preservar la igualdad material, la igualdad de oportunidades y el acceso al empleo público con fundamento en el mérito de las personas afectadas por la calamidad, aplácense hasta el 31 de diciembre de 2026, en todo el territorio nacional los procesos de selección para proveer empleos y funcionarios públicos, incluidos los particulares que deban cumplir función pública; los procesos para la conformación de ternas destinadas a la designación de directores o gerentes regionales o secciona les, o quienes hagan sus veces de establecimientos públicos o similares; y autorícese a la Comisión Nacional del Servicio Civil para suspender o aplazar, en los procesos en curso, la aplicación de pruebas y otras etapas cuya realización pueda poner en riesgo los derechos de los participantes residentes en lugares de tragedia o afectados por la misma, cualquiera sea su modalidad, régimen o etapa”.
Así, con total desvergüenza, el ejecutivo plantea un modelos al menos por un año, para priorizar la creación de plantas de contratación temporales sin mérito, buscando un mecanismo que permita la contratación a dedo, un índice inequívoco de corrupción estatal.
Decreto 1385: Censura estratégica al DANE
En su decreto de emergencia, y luego de censurar ruedas de prensa del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el Gobierno plantea otra estrategia para minimizar la difusión correcta de los datos de la tragedia.
En este texto, se plantea un mecanismo extraordinario que obliga al DANE a seguir una reglamentación estricta a la hora de difundir información o datos relacionados con el terremoto y sus afecciones sociales.
Dicha información solo podrá ser solicitada por entidades nacionales o regionales, que no podrán divulgar su contenido, igual que el DANE. Esto, a todas luces, restringe el derecho de la ciudadanía al control político eficiente de la crisis y de la magnitud real de la misma.